Es común notar que empresas que han sido prósperas entren en problemas y en insolvencia económica (una iliquidez profunda que le imposibilita cumplir con sus obligaciones), y terminan sometidas dentro de procesos de intervención, con el acompañamiento de la Superintendencia de Sociedades, para el caso de Colombia.
Amparados bajo la Ley 1116 de 2006, y otras leyes complementarias, se pueden llegar a frenar procesos legales de embargo u otros, siempre y cuando, se cuente con un rigor estratégico de recuperación.
El propósito de los procesos de insolvencia económica
El propósito de un proceso de reorganización empresarial es procurar preservar una empresa “aún viable”, ayudándola a normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante la reestructuración de activos y pasivos, interviniendo desde luego, de manera profunda los ámbitos de dirección, administración y/u operación.
La naturaleza de las acciones de intervención le debe permitir a las empresas sacar a flote las causas que las llevan a la insolvencia, para establecer un plan de reorganización financiera, comercial, operativa y de desarrollo organizacional.
Es posible, obviamente, intentar acuerdos privados previos a procesos formales de reorganización, evitando sobre costos de agencia (menor burocracia), buscando el mejor uso de los recursos (Julian R. Franks, en un estudio realizado en EE. UU.[1]).
Fases de un Proceso de Insolvencia
- Evaluación de hechos formales de la sociedad
- Definición de estrategia de actuación.
- Preparación de información
- Implementación del Plan de Reorganización
- Presentación ante la autoridad competente (Supersociedades)
- Admisión proceso de organización (3 meses)
- Presentación proyecto de calificación y graduación de acreencias (2 a 3 meses)
- Audiencia(s) de resolución de objeciones (2 a 4 meses)
- Asignación de derechos de voto
- Preparación y presentación de acuerdo (2 meses)
- Audiencia de confirmación de acuerdo
Nota: Los tiempos pueden variar de las circunstancias propias del proceso, tiempo de respuesta del juez encargado, y de otros posibles factores externos.
Aspectos contraproducentes
El buen propósito de la norma a veces termina siendo todo lo contrario, se utiliza para defraudar más a los acreedores o grupos de interés (stakeholders), aprovechándose del hecho que se logran bloquear los procesos legales (demandas y embargos); y por ello es que, este tipo de intervenciones sos vistos con mucho recelo (pérdida de imagen).
Existen personas contrarias a la ética que utilizan estos procesos de insolvencia para:
1) Ganar el tiempo suficiente para sacar y/o trasladar los activos de valor real a otro lado (a través del manejo de testaferros), dejando simples cascarones;
2) Someter unilateralmente a los acreedores a un chantaje sino mejoran considerablemente las condiciones pactadas; y
3) Alcanzar plazos muy prolongados que sirven solamente para aumentar una agonía, cuando ya la empresa no es viable, generando más gastos, y por ende, una mayor defraudación.
4) Malos asesores oportunistas, incluyendo promotores, que se aprovechan de la agonía de sus víctimas (empresario en crisis), que buscan devengar enormes honorarios, sin saber y/o poder ayudar realmente a las empresas a salir de problemas.
Nota. Debería existir una sanción ejemplarizante para aquellos que intervienen como “salvadores” en procesos de insolvencia económica en empresas, pero que terminan causando mayores crisis, por el uso de malas prácticas o que solo pensaron en sus propios intereses.
El filtro que debería aplicar la ley de insolvencia económica
La ley debe servir de verdadero filtro, como lo anota Michael White[2], donde todo proceso suponga dos tipos de empresas:
a) Las empresas económicamente inviables e ineficientes que deben liquidarse de forma pronta;
b) Las empresas económicamente eficientes que deben ser salvadas y liberadas de sus malas actuaciones a través de procesos de protección y reorganización.
Desde el punto de vista nuestro, todos los procesos de insolvencia deberían tener un análisis muy riguroso de viabilidad económica, con una visión clara de creación de valor y garantía de cumplimiento de las obligaciones; de lo contrario debería decretarse su liquidación, evitando un mayor desangre financiero y desgaste en las relaciones con todos los públicos relacionados.
Indicadores de gestión
Existen indicadores financieros que revelan tempranamente situaciones posibles de insolvencia, como aquellos relacionados con los flujos de fondos, caída en las ventas o reducciones considerables de los márgenes de contribución o rentabilidades del negocio.
También existen indicadores no financieros, igual de importantes que revelan fallas profundas en la administración, en la comercialización o en el servicio; y que usualmente salen a flote fácilmente mediante encuestas de mercado, estudios de clima organizacional o de seguridad y salud en el trabajo.
Todos las investigaciones previas que puedan ayudar a detectar sobre el qué hace que una empresa fracase son primordiales.
La importancia de un diagnóstico acertado
Todo proceso de protección empresarial deberían iniciar con un diagnóstico acertado de la situación de la empresa, y de que causas o circunstancias la pusieron en la situación del momento: aplicación de auditorías forenses, estudio de fraudes o validación de inconsistencias de información (algo similar al buen diagnóstico que necesita una persona enferma para su curación) .
¿Se pueden adelantar acuerdos previos?
Se puede incentivar la adopción de acuerdos previos para evitar incurrir en sobrecostos, informando sus alcances a los públicos relacionados (stakeholders), de forma clara y transparente, que puedan lograr mejores condiciones o disposiciones para la comunidad en general.
Lo más importante es observar indicadores tempranos, buscar aproximaciones a normas de beneficio, impactar positivamente a las personas y estructuras de dirección, para convertir los problemas en nuevos comienzos y oportunidades.
Mientras exista un interés propositivo por adelantar las mejores metodologías, mecanismos y/o sistemas, para hacer que las reestructuraciones se manejen de forma muy expedita, con seguridad se llegará a más casos de éxito que de fracaso.
Recuerde: ¡No hay nada imposible para aquel que lo intenta!
[1] Franks, J. (1994). A comparison of financial recontracting in distressed exchanges and Chapter 11 reorganizations. Journal of Financial Economics, Volume 35 Issue 3. Retrieved from http://www.sciencedirect.com/science/article/pii/0304405X9490037X#articles
[2] White, M. (1994). Corporate Bankruptcy as a Filtering Device: Chapter 11 Reorganizations and Out-of-Court Debt Restructurings. Journal of Law, Economics, & Organization, 10(2), 268-295. Retrieved from http://www.jstor.org/stable/764968
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